lunes, 23 de enero de 2012

Dragado del río San Juan de Nicaragua

A Ramón Aguilar Zarria
"El que posea el paso entre los dos océanos
podrá considerarse dueño del mundo"
Hernán Cortés


El Río San Juan de Nicaragua, como fuese bautizado a partir del 21 de junio del año 1539 (anteriormente conocido como “El Desaguadero”) fue a partir de 1849 - con el descubrimiento de oro en el Río Americano en California - una importante ruta de tránsito, desde donde hicieron famosas travesías la American Atlantic and Pacific Ship Canal Company y la Compañía Accesoria del Tránsito entre la costa este y oeste de los Estados Unidos de América. Las grandes potencias del mundo posaron sus ojos sobre Nicaragua por el transporte trasatlántico de pasajeros y desde mucho antes en 1825 por las bondades de su territorio para la construcción del canal interoceánico.

El 22 de septiembre de 1848 el congreso nicaragüense ratifica la primera concesión exclusiva para el transporte de pasajeros por el San Juan de Nicaragua en favor de la American Atlantic and Pacific Ship Canal Company. Entre los años 1848 y 1882 Nicaragua otorgó a diversas entidades dichas concesiones así como el derecho para la construcción del canal interoceánico.

Según el historiador David I. Folkman Jr en su famosa obra “La Ruta de Nicaragua”, entre 1848 y 1869 viajaron vía Nicaragua, de Nueva York a San Francisco 81,488 pasajeros y de San Francisco a Nueva York, 75,079 pasajeros. (Folkman, 1972; 236). En abril de 1868 se realizó el último viaje con pasajeros a través del San Juan, cerrando para siempre ese capítulo de nuestra historia.

¿En qué momento se cerró la bahía, imposibilitando el paso de vapores oceánicos? Existen muchas hipótesis en relación a la fecha exacta y las causas, algunos alegan que se debe a una combinación de factores naturales y de acciones concretas producto de la acción humana. Alejandro Bolaños, ha señalado que uno de los factores que aceleró el cierre de la bahía fue el despale que hiciera John Leefe de 30 árboles de la Isla Concepción en el Río San Juan a la altura de la bifurcación del Colorado, al desaparecer la isla, el curso de las aguas del río se modificó notablemente ya que la gran mayoría de las aguas del San Juan se desviaron hacia el Río Colorado. (Bolaños, 1999)

Desde que se cerró la Bahía del San Juan no se ha logrado restaurar la navegabilidad del río desde su salida del Lago Cocibolca hasta su desembocadura en el Océano Atlántico. En más de un siglo, no se ha dragado el río para recuperar el caudal histórico de sus aguas, haciéndolo navegable en sus 205 kilómetros de longitud.

En el año 2006 el gobierno nicaragüense quiso reivindicarse con la historia e inició los estudios para el dragado del Río, en esta ocasión se iniciaba este proceso habiendo de por medio la demanda interpuesta por Costa Rica ante la Corte Internacional de Justicia por supuestos derechos de navegación y “conexos” en el río nicaragüense. Una vez que se hizo pública la iniciación del proyecto de dragado, Costa Rica protestó ante Nicaragua a finales de enero del 2006 por dicho proyecto.

Las protestas de enero de 2006 y de julio de 2010, son la misma historia. Costa Rica alega que el Laudo Cleveland le concede el derecho de “exigir” a Nicaragua que cese en su proyecto de dragado, como ya en otras ocasiones y para otros efectos, pretende darle “nuevas interpretaciones” a lo establecido en los tratados que rigen nuestras relaciones fronterizas. Sin embargo, lo establecido en el Laudo Cleveland es categórico, “… (4) La República de Costa-Rica no está obligada á concurrir con la República de Nicaragua á los gastos necesarios para impedir que se obstruya la Bahía de San Juan del Norte, para mantener libre y desembarazada, la navegación del Río ó puerto ó para mejorarla en beneficio común. (…) (6) La República de Costa-Rica no puede impedir á la República de Nicaragua la ejecución, á sus propias expensas y dentro de su propio territorio, de tales obras de mejora…” si en algún caso dichas obras de mejora llegaran a afectar territorio costarricense, Costa Rica tiene derecho a la indemnización que corresponda. De ninguna forma el Laudo Cleveland señala que tenga el derecho de solicitar información “técnica” o de exigir que Nicaragua haga las necesarias obras de limpieza para mantener “libre y desembarazada” la navegación de su río.

Históricamente, Nicaragua ha sido respetuosa de la soberanía de los estados centroamericanos, durante la dictadura somocista Costa Rica dragó un brazo del Río Colorado que tuvo cierto impacto sobre las aguas del Río San Juan y en ningún momento Nicaragua pretendió exigirle a Costa Rica que no lo hiciese, consciente que es su deber como nación mantener la navegabilidad de sus ríos.

El dragado es urgente, la inmensa cantidad de sedimentos acumulados en el río (que en gran parte provienen de los ríos tributarios San Carlos y Sarapiquí en territorio costarricense) han hecho que su navegación sea prácticamente imposible a lo largo de más de 25 kilómetros precedentes a la desembocadura. Muchos ribereños han puesto en peligro su vida y han perdido sus medios de transporte al quedar atascados por la falta de profundidad, debiendo dejar de utilizar el río para comunicarse y transportarse en gran parte de su largo y ancho recorrido.

Las relaciones en cuanto a temas fronterizos han sido desafortunadas con Costa Rica desde nuestros cimientos como Estado-Nación. Los conflictos por Nicoya y Guanacaste, la ocupación por la fuerza del Río San Juan y Lago de Nicaragua por parte de Costa Rica en 1857, la necesidad de un arbitraje en 1888 por una correcta y definitiva “interpretación” del tratado Jérez Cañas, la demanda de Costa Rica ante la Corte de Justicia Centroamericana en 1916 por rechazar la construcción del Canal Interoceánico por Nicaragua y recientemente la demanda de Costa Rica en contra de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia alegando una supuesta violación a sus limitados derechos de navegación en el Río San Juan, esclarecidos “permanentemente” por la sentencia de dicha corte el 13 de Julio del año 2009. En fin, la lista de contrariedades entre ambos países es muy extensa, las objeciones por el dragado del río desde el año 2006, simplemente vienen a sumarse.

Costa Rica no puede ser un impedimento para el dragado del San Juan de Nicaragua. Estamos ante una necesidad imperante de saldar nuestra deuda histórica con el río, restaurando su caudal desde su salida del Lago Cocibolca hasta su desembocadura en el océano, gloria patria y símbolo por excelencia de nuestra identidad y orgullo nacional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario